LA JUSTICIA NO ES CIEGA EN EL ZULIA
Abogado Freddy Ferrer Medina denuncia nuevamente irregularidades en el poder judicial penal zuliano.
Desde la sede de los tribunales, ubicados en el casco central de la ciudad de Maracaibo, el profesional del derecho se refirió este jueves 14 de diciembre a la serie de irregularidades que se está presentando en el poder judicial penal zuliano, específicamente con el caso que lleva su defensa.
Explicó que en esta oportunidad le ha tocado asumir la defensa en fase de juzgamiento del ciudadano Luis Daniel González y de dos personas más, a quienes la juez segunda de juicio, Doctora Génesis Subero, les otorgó el traslado de su reclusión desde la población de Carrasquero hasta los calabozos de Polisur, en el municipio San Francisco, pero está orden no se ha podido ejecutar por una serie de irregularidades, dónde según el denunciante la presidenta del circuito judicial penal del estado Zulia, la Doctora María Elena Cruz Faría, interfiere y no permite que se cumpla con la orden dictada por la juez Subero.
"La defensa técnica solicitó el cambio del sitio de reclusión, lo hicimos porque, en la guardia Nacional de Carrasquero, dónde están ellos detenidos, han venido surgiendo violaciones de los derechos humanos, han venido sucediendo sistemáticamente violaciones que atentan contra la integridad física, la vida y la parte psicológica de los detenidos"...
..." La juez muy valientemente asumió la responsabilidad y con el oficio número 419423, autorizó el traslado de los detenidos hacia otro sitio de reclusión, como lo es el instituto de policía municipal de San Francisco, pero sorpresa para todos nosotros que una vez más Patricia la ciudadana juez presidente del circuito judicial penal del estado Zulia , la Doctora, María Elena Cruz Faría, lo vuelve a hacer y una vez más interfiere violando disposiciones constitucionales y legales, inclusive el código de ética del ejercicio del juez venezolano, interfiere y deja sin efecto el traslado de mis defendidos" detalló el doctor Freddy Ferrer.
Acotó que la doctora María Elena Cruz Faría se toma atribuciones que no son de su competencia.
"Es importante destacar que los artículos 507 y 508 del código orgánico procesal penal, prevé cuáles son las atribuciones que tiene ella como presidente del circuito judicial Penal del Estado Zulia, dónde en el numeral segundo del 508 del COP, lo dice de una manera imperativa, nunca facultativa o permisiva, que las atribuciones del presidente del circuito judicial penal son netamente administrativas' expresó.
Puntualizó el doctor Freddy Ferrer Medina, que pudo conocer de manera extraoficial, que la boleta del traslado de sus defendidos había Sido rota o se había extraviado, motivo por el cual solicitó con pruebas en mano que sus defendidos sean trasladados desde el comando de la GNB en Carrasquero, hasta la sede de Polisur, en San Francisco, tal cual lo ordenó la juez Génesis Subero, donde esperarán su debido proceso.
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